El padre de la mujer fallecida al ser atropellada por un todoterreno en Sot de Ferrer, Ramón Costa , y al que el conductor del vehículo ha pedido 6.695 euros por daños, aseguró ayer que lo que más le duele es que los conductores se «preocupen más por los coches que por la muerte de una persona». Costa ha manifestado que le parece «inhumano» la decisión del denunciante de interponer una demanda civil por daños a la familia y ha recordado que hacía sólo dos meses que había perdido a su mujer.
Ramón Costa ha afirmado que su hija no iba por el carril de la autovía sino que caminaba por el arcén, como tenía costumbre. En opinión del padre de Rosa María Costa, el atropello fue debido a un exceso de velocidad del conductor. El padre de la fallecida ha indicado que lo único que quiere es que le den «lo que le tienen que pagar por la muerte de su hija» y luego, «si hay bastante dinero», pagará los desperfectos del coche.
Absuelto
Fuentes de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana explican que en la sentencia, que absuelve al conductor por falta de imprudencia, «no se observa la concurrencia de los requisitos configuradores de las infracciones culposas», en referencia a la conducta del conductor.
Sobre la tesis de que el atropello se produjo en el arcén de la autovía, las mismas fuentes han indicado que existen una «total ausencia de pruebas de que el atropello se produjera en el arcén de la carretera y no en el carril por el que circulaba el vehículo». En base a estos argumentos el juez manifestó en la sentencia del 28 de septiembre del 2007 que «ninguna imprudencia entendida como infracción del deber de cuidado exigible puede imputarse al conductor». Aunque la demanda interpuesta por la vía civil está en trámite, fuentes judiciales recuerdan que está condicionada al resultado del procedimiento penal.
Fuente: "La Rioja.com"
Ramón Costa ha afirmado que su hija no iba por el carril de la autovía sino que caminaba por el arcén, como tenía costumbre. En opinión del padre de Rosa María Costa, el atropello fue debido a un exceso de velocidad del conductor. El padre de la fallecida ha indicado que lo único que quiere es que le den «lo que le tienen que pagar por la muerte de su hija» y luego, «si hay bastante dinero», pagará los desperfectos del coche.
Absuelto
Fuentes de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana explican que en la sentencia, que absuelve al conductor por falta de imprudencia, «no se observa la concurrencia de los requisitos configuradores de las infracciones culposas», en referencia a la conducta del conductor.
Sobre la tesis de que el atropello se produjo en el arcén de la autovía, las mismas fuentes han indicado que existen una «total ausencia de pruebas de que el atropello se produjera en el arcén de la carretera y no en el carril por el que circulaba el vehículo». En base a estos argumentos el juez manifestó en la sentencia del 28 de septiembre del 2007 que «ninguna imprudencia entendida como infracción del deber de cuidado exigible puede imputarse al conductor». Aunque la demanda interpuesta por la vía civil está en trámite, fuentes judiciales recuerdan que está condicionada al resultado del procedimiento penal.
Fuente: "La Rioja.com"
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